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Errores societarios comunes al constituir una SAC

Publication: Feb 28, 2024

Category: Blog

  1. Introducción

Al constituir una Sociedad Anónima Cerrada – SAC, al estar impulsada por una gran motivación, muchas veces se pasan por alto algunos aspectos relevantes que repercutirán en el devenir de la empresa. En la presente, abordaremos los errores societarios más comunes.

  1. Errores más comunes al constituir una SAC

2.1 No elegir un socio idóneo 

El socio de una SAC no es solo la persona que invertirá en el negocio. El socio muchas veces es quien dirigirá y compartirá la toma de decisiones. Es decir, determinará o influirá en la política de la sociedad. 

Existen casos en que la mala elección de un socio, cambia (y no para bien) en el clima laboral, empresarial e incluso con los clientes.  

Por ello, resulta recomendable elegir un socio idóneo. Es imposible que los socios piensen igual, pero los socios deben tener similares lineamientos en el quehacer de la empresa.  

2.2 Establecer el 50%-50% del accionariado si son dos socios

Muchas veces se establece el accionariado 50% -50%, y ello genera un empate técnico en la toma de decisiones. Esta situación se agrava si se elige un socio que no comparte similares lineamientos. Ante ello, en la constitución de la SAC se recomienda por lo menos un accionariado del 51%-49%.

No solo en la constitución de sociedad debe considerarse lo descrito. También en la transformación societaria (de EIRL a SAC). El titular de EIRL debe mantener la mayoría societaria para no perder el control de la empresa, y evitar empates técnicos en la toma de decisiones.

Por ello, resulta recomendable establecer en la constitución de una SAC, un accionariado de por lo menos 51%-49% cuando son dos accionistas, para evitar los empates técnicos en la toma de decisiones empresariales.

  1.  No consignar un subgerente o apoderado en la SAC

Muchas veces la SAC se constituye nombrado a un solo gerente quien tendrá la calidad de gerente general. El gerente general es el representante de la empresa ante las diversas entidades públicas con SUNAT, SUNAFIL, INDECOPI, etc.; como entidades privadas.

No pocas veces, el gerente general está en provincias atendiendo situaciones comerciales, y justo es notificado para apersonarse ante una entidad estatal. O puede suceder que esté delicado de salud, o incluso fallezca. En el primer y segundo caso, se puede salvar la situación delegando facultades por parte del gerente general. En caso de fallecimiento, es necesario que los accionistas nombren a un nuevo gerente general. Se aprecia que existen trámites notariales y registrales que toman su tiempo.

Por ello, resulta recomendable que en la constitución de una SAC se nombre a un sub – gerente o apoderado que reemplace al gerente general en determinadas facultades de representación.

  1. Constituir un Directorio en una SAC sin una gran pluralidad de socios 

A veces se constituye una SAC de 3 accionistas con un Directorio de 3 miembros. Y, normalmente, son los mismos tres accionistas los que son nombrados directores.

El Directorio tiene sentido funcional cuando representan o cautelan los intereses de varios accionistas. Por ejemplo, si hay 20 accionistas: 5 mayoritarios y 15 minoritarios. Cada grupo (mayoritario y minoritario) deberán elegir a sus directores que los representen.

Pero, un Directorio de 3 miembros que en la práctica representan a los mismos accionistas, genera más trámite administrativo en la toma de decisiones, teniendo en cuenta, se reitera, la misma identidad de los miembros de la Junta General de Accionistas y la Junta de Directorio.

Por ello, resulta recomendable que en la constitución de una SAC, sin una gran pluralidad de socios, no se constituya un Directorio por el motivo que comparten la misma identidad de los miembros de la Junta General de Accionistas y la Junta de Directorio. 

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